bloque 5

Sesión nº.27

Sesión nº.28 y 29

RECURSOS

PROGRAMACIÓN DE AULA

SESIÓN Nº28 y 29. Igualdad de Género.

1. LA IGUALDAD DE GÉNERO Y LAS DIVERSAS OLAS Y CORRIENTES DEL FEMINISMO

¿Qué es igualdad de género? 

Se define como “la igualdad de derechos, responsabilidades y oportunidades de las mujeres y los hombres, y las niñas y los niños”. La igualdad de género implica que todas las personas tengan los mismos derechos, los mismos recursos, las mismas oportunidades, y la misma protección independientemente de su identidad de género, y sean tratadas con el mismo respeto en todos los aspectos de la vida cotidiana: trabajo, salud, educación. La igualdad no significa que las mujeres y los hombres sean lo mismo, sino que los derechos, las responsabilidades y las oportunidades no dependen del sexo con el que nacieron. La igualdad de género supone que se tengan en cuenta los intereses, las necesidades y las prioridades tanto de las mujeres como de los hombres, reconociéndose la diversidad de los diferentes grupos de mujeres y de hombres.

El principio de igualdad y de no discriminación por razón de sexo es una obligación de derecho internacional general que vincula a todas las naciones y, dado su carácter primordial, se establece siempre como un principio que debe inspirar el resto de los derechos fundamentales. 

Todas las formas de discriminación por motivos de género son violaciones de los derechos humanos, y un obstáculo para el logro de la Agenda de Desarrollo Sostenible 2030 y sus ODS. 

El ODS 5 – Igualdad de Género tiene como objetivo lograr la igualdad de género y empoderar a todas las mujeres y las niñas.  Sin embargo, se debe asegurar que se da plena igualdad de género en la consecución de los 17 ODS de la Agenda 2030. 

Para conocer más acerca de la importancia de la igualdad de género, se recomienda ver la ficha de la ONU sobre el ODS 5 – Igualdad de Género 

Los derechos humanos de las mujeres 

Las mujeres tienen derecho a disfrutar de sus derechos humanos plena y equitativamente y a vivir sin ningún tipo de discriminación 

La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer – CEDAW es el tratado sobre los derechos humanos de las mujeres, y su principal objetivo es lograr la igualdad, asegurando que las mujeres puedan realmente disfrutar de sus derechos humanos en la práctica, y tengan las mismas oportunidades. 

La CEDAW fue ratificada por 189 países, siendo el segundo tratado internacional en materia de derechos humanos más ratificado. 

Sin embargo, aunque estos países establecen en sus constituciones la igualdad entre mujeres y hombres, la discriminación hacia las mujeres y niñas sigue existiendo en muchos ámbitos: leyes y políticas, normas y prácticas sociales, y estereotipos por motivos de género. 

Para saber más: https://www.unwomen.org/es/digital-library/multimedia/2019/12/infographic-human-rights

Feminismo y las diversas olas y corrientes del feminismo

Según la Real Academia de la Lengua Española – RAE, la palabra feminismo es:

1. Principio de igualdad de derechos de la mujer y el hombre.

2. Movimiento que lucha por la realización efectiva en todos los órdenes del feminismo. 

Según ONU Mujeres, el feminismo es un movimiento que defiende la igualdad de derechos sociales, políticos, legales y económicos de la mujer respecto del hombre. Su primer uso documentado se remonta a 1837 en Francia: el socialista Charles Fourier utiliza el término “feminisme” para describir la liberación de la mujer en un futuro utópico. A principios de la década de 1900, el concepto se asocia con el sufragio femenino, aunque después adquiere mayor sentido. Concretamente, el “feminismo interseccional” destaca cómo las mujeres se enfrentan a diferentes formas de discriminación en función de la raza, la clase, la etnia, la religión y la orientación sexual. 

El primer Día Internacional de la Mujer (1911) reunió a más de un millón de personas en Austria, Dinamarca, Alemania y Suiza a favor del sufragio y los derechos laborales de la mujer. Hoy se celebra cada año el 8 de marzo.  

Para conocer la historia del feminismo de sus diferentes olas, se recomienda visualizar el video “Historia del feminismo en 10 minutos” (11:05) de Carki Productions:

Se recomienda visualizar el video “¿Qué es el feminismo?” (2:20) elaborado por el Club de Malasmadres:

También se recomienda visualizar el video “¿Cómo ven los niños la igualdad?” (4:01) elaborado por El País:

2. LA CORRESPONSABILIDAD EN LAS TAREAS DOMÉSTICAS Y DE CUIDADOS

Se recomienda visualizar el videoEn busca de la corresponsabilidad. Historias de mujeres que escribimos entre toda la sociedad(2:55) del programa “Te Corresponde, Nos Corresponde” de Cruz Roja:

También el videoConciliación y corresponsabilidad” (6:38) de la Dirección General de Igualdad y Mujer:

Cuidados:

Todas las necesidades que requieren las personas para garantizar el sostenimiento y reproducción de su vida, así como su bienestar físico y emocional.

Cuidados se refiere a aquellas actividades imprescindibles para el mantenimiento de la vida, a la sostenibilidad social tanto en un plano físico como emocional y socio-político, como por ejemplo atender, escuchar, gestionar el presupuesto del hogar, consolar, enseñar, asistir a las personas enfermas o dependientes, acompañar en la muerte, parir, criar, alimentar, cocinar, lavar, coser, sanar, reciclar, reutilizar, generar redes de cuidados colectivos, asistir a manifestaciones o participar en actividades para mejorar los derechos humanos y la conservación del planeta, etc.

Sostenibilidad de la vida:

Entender el proceso de la vida teniendo en cuenta las necesidades tanto de recursos materiales como de contextos y relaciones de cuidado y afecto.

Integra tanto el ámbito del empleo remunerado como el trabajo doméstico y cuidados que hacen posible y sostienen la vida. 

Conciliación:

Equilibrio de los usos del tiempo y recursos que las personas tienen en las distintas facetas de la vida, particularmente en el ámbito personal, laboral, profesional o familiar. 

  • Conciliar es compartir responsabilidades entre hombres y mujeres en el trabajo doméstico, cuidado de personas dependientes o en otros aspectos.  
  • Conciliar es reorganizar el tiempo que mujeres y hombres dedicamos al proceso productivo, al reproductivo y al espacio propio.  
  • Conciliar es repartir entre hombres y mujeres las aportaciones del tiempo dedicado a la crianza, al afecto, al cuidado de personas dependientes y a resolución de las necesidades vitales. 
  • Conciliar es reajustar las estructuras productivas, considerando las necesidades personales y las obligaciones familiares de las personas empleadas.
Corresponsabilidad:

La responsabilidad que mujeres y hombres, sociedad, empresas, políticas públicas, tienen en cuanto a similares deberes y obligaciones para que la vida sea viable y sostenible desde una perspectiva de equidad y justicia social. 

Roles de género:

Conjunto de normas sociales y de comportamientos que, dentro de una cultura específica, son ampliamente considerados como socialmente apropiados para las personas de un sexo determinado.

Se trata de aquella imagen pública que presenta una determinada persona o individuo frente a los demás de ser una mujer o un hombre.

3. LA PREVENCIÓN DE LA EXPLOTACIÓN Y LA VIOLENCIA CONTRA NIÑAS Y MUJERES

Violencia contra la mujer: Es todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada.” 

La CEDAW define la violencia de género en su Recomendación 19 como: “cualquier acto de discriminación u obstáculo que impida gozar de sus derechos a una mujer por el hecho de serlo.  

El Convenio de Estambul recoge que la violencia contra las mujeres por razones de género es: “toda violencia contra una mujer porque es una mujer o que afecte a las mujeres de manera desproporcionada” e incluye como una de estas formas la violencia doméstica, por la que se entienden “todos los actos de violencia física, sexual, psicológica o económica que se producen en la familia o en el hogar o entre cónyuges o parejas de hecho antiguos o actuales, independientemente de que el autor del delito comparta o haya compartido el mismo domicilio que la víctima”. 

La Asamblea General de Naciones Unidas en el art.1 de la Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, de 1993, define la violencia de género como “todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño físico, psicológico o sexual, incluidas las amenazas, la coerción o la privación arbitraria de la libertad, ya sea que ocurra en la vida pública o en la privada. En definitiva, aquella que pone en peligro los derechos fundamentales, la libertad individual y la integridad física de las mujeres”. 

La violencia de género, tal y como reconoce la normativa internacional y nacional, es un fenómeno estructural presente en todo el mundo y que afecta a las niñas, adolescentes y mujeres independientemente de su condición social, nivel de educación, origen y edad.  Sin embargo, la violencia física no es sino la punta del iceberg del resto de violencias que sufren las niñas, las adolescentes y las mujeres, que tienen como base la desigualdad estructural que sufren: 

La Pirámide de la Violencia

Fuente: Teoría del triángulo vicioso de la violencia de Johan Galtung. 

La violencia de género es un fenómeno complejo en el que confluyen factores muy diversos. No es una forma más de violencia. No es circunstancial ni neutra. Es una violencia estructural e ideológica que actúa como mecanismo de dominación y control. Se trata de una violencia que se sustenta en un modelo de sociedad patriarcal que determina una concepción de cómo debe ser el mundo, cómo son y cómo actúan los varones, cómo son y cómo deben actuar las mujeres, y cuál debe ser la relación entre los sexos.

Se pueden distinguir diversos tipos de violencia de género:

Se recomienda visualizar el video de la Campaña “Al revés, tú también te asustarías” de El Ayuntamiento de Güejar de la Sierra (Granada) “para sensibilizar sobre el problema que supone el acoso callejero:

  • Violencia física: cualquier acto de fuerza contra el cuerpo de la mujer, con resultado o riesgo de producir lesión física o daño, ejercida por quien sea o haya sido su cónyuge o por quien esté o haya estado ligado a ella por análoga relación de afectividad, aun sin convivencia. Asimismo, se consideran actos de violencia física contra la mujer los ejercidos por hombres en su entorno familiar o en su entorno social y/o laboral. 
  • Violencia psicológica: toda conducta, verbal o no verbal, que produzca en la mujer desvalorización o sufrimiento, a través de amenazas, humillaciones o vejaciones, exigencia de obediencia o sumisión, coerción, insultos, aislamiento, culpabilización o limitaciones de su ámbito de libertad, ejercida por quien sea o haya sido su cónyuge o por quien esté o haya estado ligado a ella por análoga relación de afectividad, aun sin convivencia. Asimismo, tendrán la consideración de actos de violencia psicológica contra la mujer los ejercidos por hombres en su entorno familiar o en su entorno social y/o laboral. 
  • Violencia económica: la privación intencionada, y no justificada legalmente, de recursos para el bienestar físico o psicológico de la mujer y de sus hijas e hijos o la discriminación en la disposición de los recursos compartidos en el ámbito de la convivencia de pareja. 
  • Violencia sexual y abusos sexuales: cualquier acto de naturaleza sexual forzada por el agresor o no consentida por la mujer, abarcando la imposición, mediante la fuerza o con intimidación, de relaciones sexuales no consentidas, y el abuso sexual, con independencia de que el agresor guarde o no relación conyugal, de pareja, afectiva o de parentesco con la víctima.

El acoso callejero por razón de género.

El acoso callejero es la forma de violencia de género más normalizada. Puede definirse como comentarios, gestos y acciones no deseadas, realizadas por la fuerza a una persona desconocida en un lugar público sin su consentimiento, dirigidas a ella por razón de su sexo, género, expresión de género u orientación sexual, reales o percibidos. El acoso callejero también puede dirigirse a las personas en función de una discriminación basada en la raza o en otro tipo de factores, pero ya no sería acoso callejero por motivos de género.  

El acoso sexual

Puede definirse como cualquier comportamiento sexual no deseado que pueda ofender, humillar e intimidar. Puede involucrar contacto físico o no. En el acoso sexual sin contacto físico se incluyen desde los “piropos” no deseados y el llamado “catcalling”, el silbido, hasta la mirada fija y sostenida o los murmullos, la fotografía realizada sin consentimiento, las proposiciones y las amenazas verbales de violación, pasando por las intimidaciones físicas, como el acecho, el acoso, la persecución, el seguimiento, el exhibicionismo o la obstrucción de la libertad de movimiento. El acoso sexual que implica contacto físico va desde una “palmadita en el trasero”, al “toqueteo” y otras formas de contacto sexual, hasta la violación. 

El informe Inseguras en las calles: experiencias de acoso callejero en grupo en niñas y mujeres jóvenes, de Plan International, revela que el acoso callejero en grupo22 es una forma de demostración de los vínculos colectivos, de poder e incluso de diversión que refuerza la masculinidad. El acoso callejero en grupo, en forma de piropos no deseados, silbidos, miradas insistentes o seguimiento y persecución, suele ser considerado por chicos y hombres como una forma de afirmación del vínculo grupal, de demostración de poder y masculinidad e incluso de diversión. El estudio, basado en testimonios de chicas y mujeres jóvenes de Delhi, Kampala, Lima, Sídney y Madrid, muestra que los hombres y chicos que cometen acoso ponen su necesidad de aceptación social en el grupo por delante de la necesidad de las chicas y mujeres de sentirse seguras en las calles. Además, señala que los grupos de hombres y chicos que acosan, lo consideran una forma de entretenerse y divertirse y suprimen la empatía hacia las víctimas para centrarse en reforzar el vínculo con el grupo y medirse con sus pares.  Este informe pone en evidencia que, en ciudades de todo el mundo, a las niñas y mujeres se les niega su derecho al espacio público y a moverse libremente debido a las actitudes violentas y sexistas de los hombres que las acosan. Muchas veces, los chicos ni siquiera son conscientes del miedo que generan en ellas, porque están más pendientes de reafirmar su masculinidad ante los amigos que en desarrollar alguna empatía con la chica a la que están acosando. El informe destaca que el acoso callejero en grupo explota los desequilibrios de poder y pone en la diana a las chicas en situación más vulnerable: ocurre con más frecuencia cuando ellos van en grupos grandes y ellas son más jóvenes y están solas. Además, cuando las chicas se enfrentan al acoso, la respuesta suele desembocar en más burlas, risas y posible escalada de violencia. Estas demostraciones de poder sirven para reforzar su pertenencia al grupo, según los resultados del estudio, pero, en el proceso, humillan y atemorizan a chicas y mujeres. 

La violencia de género en las relaciones de pareja.

Algunas de las manifestaciones de la violencia de género pueden aparecer de forma temprana y de modo muy sutil en las relaciones entre adolescentes. Estar alerta permite detectarlas e intervenir para que no deriven hacia relaciones con fuertes componentes de control, de dominio y sumisión o de violencia de género más graves.  

El ciberacoso con carácter sexista.

Hace referencia a que el insulto o contenido del acoso en las redes utiliza como pretexto: una característica personal de una chica, que no entra dentro de los comportamientos que se consideran adecuados en ellas; o bien se dirige sobre su cuerpo por no entrar en el estereotipo de belleza femenina; o incluye rumores sexistas (como violencia derivada por celos o rupturas de relaciones, sobre las relaciones sexuales que se establecen, la generación de rumores y rivalidades…).

El cibercontrol hacia las chicas por parte de sus parejas.

Se dirige a conocer dónde están, la ropa o maquillaje que llevan, pidiéndoles fotografías para comprobarlo, preguntándoles por los chicos con los que hablan en las redes, o los nuevos seguidores que tienen, y mostrando celos y posesividad hacia ellas. Revisar su última hora de conexión, echarle en cara comentarios que hace a otras personas o exigirle la inmediatez de responderle para demostrarle que le quiere, también son ejemplos de este cibercontrol. Con frecuencia el cibercontrol conecta con el acoso; cuando la chica no responde al control que pretende hacer su pareja sobre ella, puede amenazarle con difundir contenidos o secretos sobre ella que le harán daño. También en ocasiones puede justificar ese control como una muestra de cariño y amor. Y si las adolescentes han vivido en un entorno donde también se controlaba su hora de llegar a casa, o la forma de vestir por su bien “para evitar que les pasara algo”, seguramente podrán confundir ese control de la pareja como una forma de cuidado. 

La ciberviolencia hacia las adolescentes y mujeres en las redes sociales.

Las violencias simbólicas y estructurales se han trasladado también al ámbito digital. El acoso sexual a través de las tecnologías genera nuevas formas de violencia que van más allá del ciberacoso o cibercontrol.  

El ciberacoso sexual.

Es una forma de acoso que busca crear, dentro de la red, un espacio que sea intimidatorio, y de carácter sexual. Esto puede conseguirse mediante el envío reiterado de mensajes con carácter sexual, la petición de fotografías sexuales, el envío de este tipo de contenidos sin que ellas lo hayan pedido, o la difusión de fotografías o vídeos suyos sin consentimiento. El elemento más importante para entender esta forma de violencia es la reiteración y el no consentimiento. A veces, las adolescentes han dicho explícitamente que no quieren seguir la conversación, o han expresado su negativa a enviar fotos o contenidos eróticos, o le han dicho a quien intentaba enviárselos, que no lo querían. Otras veces, las chicas no habrán podido hacer un NO explícito, pero eso no tiene que hacernos pensar que se merezcan el acoso. El ciberacoso sexual es una forma de violencia que, a golpe de click, etiqueta a chicas de una forma sexual, pone en ellas la responsabilidad de defenderse y viraliza contenidos sin su consentimiento.

ACTIVIDADES 

ACTIVIDADES DE AULA

SESIÓN 28

ACTIVIDADES DE AULA

SESIÓN 29

ACTIVIDAD ADICIONAL

REFERENCIAS