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RECURSOS

PROGRAMACIÓN DE AULA

SESIÓN Nº22 – Derechos Humanos en procesos migratorios II

Sesión analógica – Capítulo 5: Videojuego Better World “La dificultad de llegar a un país como inmigrante”

1. TEORÍA SOBRE LA TEMÁTICA

Se pueden consultar algunos conceptos sobre MIGRACIÓN en los siguientes documentos de Glosario sobre Migración:  

  • Glosario de la OIM sobre Migración.pdf   Este documento “Derecho Internacional sobre migración Nº34 – Glosario, es elaborado por la Organización Internacional de las Migraciones (OIM)  

¿QUÉ ES “MIGRACIÓN”?

Es el movimiento de personas fuera de su lugar de residencia habitual, ya sea a través de una frontera internacional o dentro de un país. 

 

¿Cuáles son los tipos de migración humana? 

La migración humana se clasifica mediante seis grandes grupos o subcategorías:

Según su escala geográfica: 

  • Migración interna – Movimiento de personas dentro de un país que conlleva el establecimiento de una nueva residencia temporal o permanente. Las migraciones internas pueden ser de carácter temporal o permanente e incluyen a las personas que se han visto desplazadas de su lugar de residencia habitual, como los desplazados internos, y las personas que deciden trasladarse a un nuevo lugar, por ejemplo, en el caso de la migración de zonas rurales a zonas urbanas. El término comprende asimismo a los nacionales y los no nacionales que se trasladan dentro de un país, siempre y cuando se trasladen fuera de su lugar de residencia habitual. 

  • Migración internacional – Movimiento de personas fuera de su lugar de residencia habitual y a través de una frontera internacional hacia un país del que no son nacionales.   El término incluye a las personas migrantes que tienen la intención de trasladarse de forma permanente o temporal, a quienes se trasladan de forma regular o con la documentación requerida, y a quienes se encuentran en situación irregular. La migración internacional queda siempre sujeta a una doble legislación impuesta por el país de origen y el país de destino.

Según su temporalidad: 

Migraciones temporales, y, a su vez, se subdividen en: 

  • Estacionales: una temporada del año, por lo que se encuentra muy relacionada con el ámbito laboral.
  • Temporales reiteradas: donde el tiempo en el país o región se extiende más de lo que se había planteado en un inicio.
  • De varios años: en los que la expectativa es volver al país de origen 

Migraciones permanentes pretenden establecer un nuevo lugar de residencia en otra región o país, y constituyen el inicio de un nuevo proyecto de vida.

Según su causa: 

Las causas de la Migración pueden ser múltiples 

  • Migraciones por causas ecológicas – Migración por motivos climáticos:Movimiento de una persona o grupo de personas que, principalmente debido a un cambio repentino o gradual en el medio ambiente como consecuencia del cambio climático, y que inciden negativamente en su vida o en sus condiciones de vida, se ven obligadas a abandonar su lugar de residencia habitual, o deciden hacerlo, con carácter temporal o permanente, dentro de un país o a través de una frontera internacional.  
  • Migracionespor causas económicas – Migración Laboral: Se trata de la principal causa de migraciones vinculadas a la falta de desarrollo o a las crisis económicas del país; las personas migrantes salen de la zona buscando mejores oportunidades económicas, es decir, el movimiento de personas se produce con fines laborales.
  • Migracionespor causas políticas: Con el fin de evitar persecuciones o venganzas, muchas personas deciden emigrar para evadir la intolerancia o la intransigencia política.
  • Migracionesa causa de la violencia, conflictos bélicos y guerras. 

Según su regularidad legal: 

  • Migración regular– Movimiento de personas que se produce de conformidad con las leyes del país de origen, de tránsito y de destino.  
  • Migración segura, ordenada y regular – Movimiento de personas que se ajusta a las leyes y normas que rigen la salida, la entrada, el retorno y la permanencia en los países, así como a las obligaciones que incumben a los Estados en virtud del derecho internacional, y que se produce en un contexto en el que se preserva la dignidad humana y el bienestar de los migrantes; se respetan, protegen y hacen efectivos sus derechos; y se detectan y mitigan los riesgos asociados a la circulación de personas. 
  • Migración irregular – Movimiento de personas que se produce al margen de las leyes, las normas o los acuerdos internacionales que rigen la entrada o la salida del país de origen, de tránsito o de destino. 

    Nota:  El hecho de que dichas personas migren de forma irregular no exime a los Estados de la obligación de proteger sus derechos. Las categorías de migrantes que podrían no tener otra alternativa que recurrir a las vías de migración irregular comprenden asimismo a las personas refugiadas, las víctimas de la trata o los/as menores no acompañados. La decisión de dichas personas de recurrir a vías de migración irregular tampoco significa que los Estados estén exentos de la obligación de brindar alguna forma de amparo en el marco del derecho internacional, incluida la protección internacional para los solicitantes de asilo que huyen de la persecución, los conflictos o la violencia generalizada. Además, los refugiados están protegidos en virtud del derecho internacional contra cualquier sanción relacionada con su entrada o estancia no autorizada en un país, siempre y cuando estos procedan de un lugar en el que corrían peligro (Convención sobre el Estatuto de los Refugiados [aprobada el 28 de julio de 1951 y en vigor desde el 22 de abril de 1954], art. 31, párr. 1).

Según el grado de libertad: 

  • Migraciones libres y voluntarias.  
  • Migraciones forzadas debido acausas económicas, ecológicas, persecuciones por ideología política, violencia, conflictos o guerras.

Según la edad de las personas migrantes: 

  • Migración adulta: Es la más común.  
  • Migración infantil: Que suele migrar junto a sus progenitores, pero puede darse el caso de tener que viajar a posteriori (siendo privados/as de sus padres y madres por un tiempo). También suelen migrar solos/as (menores no acompañados/as).  

¿QUÉ ES UNA PERSONA MIGRANTE?

Toda persona que se traslada fuera de su lugar de residencia habitual, ya sea dentro de un país o a través de una frontera internacional, de manera temporal o permanente, y por diversas razones. Este término comprende una serie de categorías jurídicas bien definidas de personas, como las personas trabajadoras migrantes; las personas cuya forma particular de traslado esté jurídicamente definida, como las personas migrantes objeto de tráfico; así como las personas cuya condición o medio de traslado no estén expresamente definidos en el derecho internacional, como los y las estudiantes internacionales.

2. MIGRACIÓN Y DERECHOS HUMANOS

Las cuestiones relacionadas con el disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales son particularmente cruciales para muchas personas migrantes. Muy a menudo, se enfrentan a una discriminación severa en materia de vivienda, educación, salud, trabajo o seguridad social. 

Dificultades de acceso a instalaciones, bienes y servicios de salud

Las personas migrantes enfrentan obstáculos en el acceso a servicios médicos, incluyendo el idioma y barreras culturales, costos, falta de información y las consecuencias de gran alcance de actitudes y comportamiento xenófobos. Muchas personas migrantes también enfrentan barreras en el acceso a los servicios de salud como consecuencia de leyes, políticas, prácticas y regulaciones administrativas, incluyendo las debidas a su estatus migratorio irregular. Las personas migrantes en situación irregular pueden tener dificultades o no estar dispuestas a acceder a la salud o compartir información sobre su estado de salud cuando tienen temor o riesgo de ser detenidas, deportadas o sufrir penalidades como resultados de su estatus migratorio. En el caso de las personas migrantes que viajan o viven en condiciones inadecuadas e inseguras, sin acceso a agua, saneamiento e higiene, incluidas las que viven en la calle, albergues superpoblados, asentamientos informales, campamentos, barrios marginales o aquellos en viviendas precarias o inadecuadas, corren mayores riesgos para su salud.

Dificultades de acceso a un trabajo digno y la protección social

Las personas migrantes enfrentan obstáculos en el acceso a conseguir permiso de trabajo, y cuando lo consiguen, muchas personas migrantes y sus familias, son trabajadores/as con bajos salarios, temporales e informales. Las medidas de protección social deben estar disponibles y ser accesibles para las personas trabajadoras migrantes y sus familias, independientemente de su estado migratorio.

Dificultades de acceso a la educación

Las y los niños migrantes pueden enfrentarse a obstáculos adicionales para acceder a la educación. Muchos/as nunca han recibido una educación reglada y el resto suele haber perdido uno o varios años de clases en el camino migratorio. Entre los principales desafíos que enfrentan están: Recursos financieros insuficientes; la falta de espacio en las escuelas o docentes capacitados/a para trabajar con niños y niñas migrantes o en situación de refugio; barreras lingüísticas; falta de apoyo psicosocial y clases limitadas de recuperación (las clases de recuperación son vitales para los niños y las niñas que han perdido períodos prolongados de escolarización o que provienen de diferentes sistemas educativos). Asimismo, los niños y niñas en edad preescolar (entre 3 y 5 años) y secundaria superior (de 15 años en adelante) son especialmente vulnerables al abandono escolar, ya que a menudo están más allá del alcance de la legislación nacional sobre educación obligatoria. Los Estados deben adoptar medidas para garantizar que las y los niños, niñas y adolescentes migrantes no se queden atrás.

Dificultades de acceso a una vivienda

El acceso a vivienda digna es un aspecto fundamental para asegurar la base para el desarrollo humano y la integración social. El derecho a la vivienda es un derecho humano reconocido en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que debe garantizar el acceso a una vivienda digna y asequible para todos y todas. No disponer de una vivienda dificulta, además, el acceso a otros derechos básicos como la sanidad, las prestaciones sociales, etc. La pobreza, los altos costos de una vivienda, la falta de regularización en el país, la discriminación, etc., son algunas de las barreras para que las personas migrantes accedan a una vivienda.

Las leyes que discriminan a las personas no nacionales, junto con los programas y políticas que no abordan sus necesidades y vulnerabilidades específicas, a menudo tienen como resultado que las personas migrantes y sus familias no puedan acceder a los servicios básicos o solo puedan hacerlo en niveles que no cumplen con las normas internacionales de derechos humanos.

Entre las violaciones de derechos humanos que padecen las personas migrantes figuran la denegación de derechos civiles y políticos, en forma de detención arbitraria, tortura o ausencia del debido proceso judicial, así como la vulneración de derechos económicos, sociales y culturales, tales como los derechos a la salud, la vivienda o la educación. La denegación de derechos a las personas migrantes suele estar estrechamente vinculada a leyes discriminatorias y prejuicios y actitudes xenófobas muy arraigados. 

Los instrumentos jurídicos existentes ofrecen un marco legal exhaustivo para la gobernanza de la migración internacional. Hay reglas bien definidas que abordan el trato que deben recibir las diversas categorías de migrantes, entre otras las mujeres, los hombres, los niños y las niñas, las personas refugiadas, los/as apátridas, los/as trabajadores/as migrantes y quienes son víctimas de la trata de seres humanos.

Órganos de derecho internacional 

Entre los órganos de derecho internacional que proporcionan los fundamentos para las leyes nacionales, las políticas y las prácticas de migración, figuran los siguientes:

  • El derecho internacional de los derechos humanos
  • El derecho y la normativa laboral internacional
  • Las leyes internacionales relativas a las personas refugiadas
  • El derecho penal internacional
  • El derecho humanitario internacional
  • El derecho consular internacional
  • El derecho marítimo internacional 

El derecho internacional de los derechos humanos (IHRL por sus siglas en inglés) estipula las obligaciones que los Estados tienen la obligación de respetar y se aplica a todas las personas en todas las circunstancias. Esto abarca tanto a la ciudadanía propia de un Estado, como a toda persona que se encuentre bajo la jurisdicción o el control efectivo de dicho Estado. Esto significa que todas las personas migrantes, cualquiera que sea su condición, son titulares de los mismos derechos humanos que cualquier otra persona.

Los Estados tienen obligaciones para con las personas migrantes, cuyos derechos humanos deben respetar, proteger y cumplir. 

  • Respetarlos derechos humanos de las personas migrantes quiere decir abstenerse de vulnerarles y esto, en el contexto de la migración, significa abstenerse de ejercer detenciones arbitrarias, torturas o expulsiones colectivas. 
  • La obligación de proteger los derechos humanos exige que los Estados impidan que otros agentes cometan violaciones de esos derechos. En lo relativo a las personas migrantes, esto significa, por ejemplo, que los Estados deben regular las agencias de contratación, sancionar a los/as patronos/as que maltratan, proteger a las personas migrantes de la violencia y los abusos perpetrados por los/as traficantes de seres humanos y tomar medidas contra el odio y la xenofobia. 
  • La tarea decumplir con los derechos humanos requiere la adopción de medidas positivas para velar por que esos derechos lleguen a ser realidad, y en lo relativo a las personas migrantes eso quiere decir, por ejemplo, aplicar medidas alternativas a la reclusión y garantizar el acceso a la atención sanitaria, la educación y otros servicios sociales.  

La observación de los derechos humanos en la política migratoria también entraña la incorporación a ella de determinados principios jurídicos transversales, entre otros: 

  • La igualdad y la no discriminación: El principio de no discriminación prohíbe la distinción, exclusión, restricción o preferencia basada en una lista no exhaustiva de posibles motivos de discriminación, tales como la raza, el color de la piel, la ascendencia, el origen étnico, el sexo, la edad, el género, la orientación sexual, la identidad de género, la discapacidad, la religión o la creencia, la nacionalidad, la situación migratoria o de residencia, o cualquier otra condición. Los Estados deben hacer frente a la discriminación directa e indirecta y al trato desigual a las personas que puedan derivarse de leyes, políticas y prácticas, incluso otorgando especial atención a las necesidades de las personas migrantes que están en situación de vulnerabilidad. 
  • Participación e integración: Toda persona tiene derecho a participar de manera activa, libre y significativa en las decisiones que afectan al disfrute de sus derechos. Todas las personas tienen derecho a acceder a la información, en un idioma y un formato que le sean accesibles, sobre los procesos de toma de decisiones que influyen sobre su vida y su bienestar. Esto quiere decir que a las personas migrantes debe consultárseles e incluírseles en la elaboración de las políticas públicas pertinentes. 
  • Rendición de cuentas y Estado de derecho: Todo el mundo tiene derecho a exigir y ejercer sus derechos. Los Estados deben velar por la transparencia en la elaboración y aplicación de sus políticas y deben garantizar que todas las personas tengan acceso a los mecanismos de reparación y que puedan disfrutar de remedios eficaces cuando sus derechos humanos sean vulnerados. El sistema que rige la migración debe permitir que las personas migrantes dispongan de acceso pleno a la justicia, incluidos los mecanismos de reparación y compensación, cuando sean víctimas de vulneraciones de derechos humanos. 

3. ¿QUÉ RIESGOS PUEDEN SUFRIR LAS PERSONAS MIGRANTES?

En todo proceso migratorio, antes, durante y tras el viaje migratorio, las personas pueden sufrir riesgos para su salud física, psicológica y mental, donde se vulneran sus derechos humanos, y pueden ser víctimas de la violencia en cualquiera de sus formas, la explotación, el abuso, etc. 

Algunos de los mayores riesgos son: La Trata de Personas y el Tráfico ilícito de migrantes.

Trata de personas

La trata de personas se define como la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas mediante el uso de la fuerza, el fraude o el engaño, con la intención de explotarlas con fines lucrativos. Hombres, mujeres, niños y niñas de cualquier edad pueden convertirse en víctimas de este delito, el cual ocurre en todas las regiones del mundo. Los traficantes suelen utilizar la violencia o agencias de empleo fraudulentas al igual que falsas promesas de educación y oportunidades laborales, para engañar y coaccionar a sus víctimas.  

La trata de personas es un delito hacia las personas que consta de tres elementos fundamentales: el acto, los medios y la finalidad. Los traficantes utilizan tácticas tales como el abuso físico y sexual, el chantaje, la manipulación emocional y la retirada de documentos oficiales, para controlar a sus víctimas. Dicha explotación puede tener lugar tanto en el país de origen de la víctima, como durante la migración o hasta en un país extranjero.

Basado en El delito: La trata de personas (unodc.org) (Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito)

Se puede hablar de diversos tipos de trata de personas: 

  • Para que realicen trabajos forzados. Las víctimas de este delito pueden ser aquellas personas que son obligadas a trabajar en fábricas, en la construcción, en la mina o en el sector agrícola o pesquero en condiciones de esclavitud (sin remuneración o percibiendo un sueldo inadecuado, y quienes por su condición viven con miedo a la violencia y a menudo en condiciones degradantes o infrahumanas). 
  • Para que realicen actividades delictivas. Entre las actividades podemos encontrar el robo, la venta de mercancías ilegales o la mendicidad. 
  • Para la explotación sexual. Esta forma de trata de personas afecta, sobre todo, a las mujeres y niñas y se da en todos los países del mundo. Se engaña a las víctimas con la promesa de una vida mejor y se las transporta a otro país donde son sometidas a explotación sexual. 
  • Para la explotación de personas en las industrias del sexo, el entretenimiento y la hostelería 
  • Como trabajadores/as domésticos o a través de matrimonios forzados. 
  • Para la extracción de órganos. Ciertas víctimas son coaccionadas y a otras se les engaña con el fin de extirparles los órganos.  
  • Los niños y niñas también pueden convertirse en víctimas de la trata de personas, cuando se les obliga a combatir como soldados o a cometer delitos en beneficio de quienes les explotan. 

    Basado en The Protocol for human trafficking (unodc.org) (Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito)

    El Protocolo de la ONU para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas es el principal instrumento legal del mundo para combatir la trata de personas El Protocolo fue adoptado por las Naciones Unidas en noviembre de 2000 como parte de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional. Es el primer instrumento jurídicamente vinculante con una definición de trata de personas reconocida internacionalmente. Esta definición proporciona una herramienta vital para la identificación de víctimas, ya sean hombres, mujeres o niños, y para la detección de todas las formas de explotación que constituyen la trata de personas. Los países que ratifiquen este tratado deben tipificar como delito la trata de personas y desarrollar leyes contra la trata de acuerdo con las disposiciones legales del Protocolo. Deben brindar protección y asistencia a las víctimas de la trata de personas y velar por que se respeten plenamente sus derechos. Descubra cómo UNODC ayuda a los países a implementar el Protocolo. 

    Actualmente, 178 países forman parte del Protocolo.

    Puede ampliarse más la información en la web de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito: Human-Trafficking (unodc.org)  

    Tráfico ilícito de migrantes 

    El tráfico ilícito de migrantes es la facilitación, con fines económicos o de otra índole material, de la entrada irregular en un país del que el migrante no es nacional ni residente. Los delincuentes detrás de este negocio altamente rentable aprovechan la oportunidad creada por la necesidad o el deseo de las personas de escapar no solo de la pobreza y la falta de oportunidades de empleo, sino también de los desastres naturales, los conflictos o la persecución. 

    El tráfico ilícito de migrantes es un delito con altas ganancias y bajo riesgo de sanción para los delincuentes involucrados. Los contrabandistas venden servicios ilegales y peligrosos a personas desesperadas y, a menudo, forman parte de una red multinacional bien organizada. La violencia, el abuso y el riesgo de explotación son rasgos generalizados de este delito. Muchos migrantes mueren de sed en los desiertos, perecen en el mar o se asfixian en contenedores. Los contrabandistas se aprovechan de las personas que necesitan escapar de la pobreza, los desastres naturales, los conflictos o la persecución, o la falta de oportunidades de empleo y educación, pero que no tienen opciones para migrar legalmente. 

    El Protocolo de la ONU:

    El Protocolo de la ONU contra el Tráfico Ilícito de Migrantes es el principal instrumento legal del mundo para combatir el tráfico ilícito de migrantes humanos El Protocolo fue adoptado por las Naciones Unidas en noviembre de 2000 como parte de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional. Es el primer instrumento internacional mundial que contiene una definición acordada de tráfico ilícito de migrantes. Aborda el creciente problema de los grupos delictivos organizados que trafican migrantes principalmente por dinero. El Protocolo tiene como objetivo reducir el tráfico ilícito de migrantes, proteger sus derechos y prevenir los abusos asociados con este delito. Los países que ratifiquen este tratado deben garantizar que el tráfico ilícito de migrantes se penalice de conformidad con los requisitos legales del Protocolo. Deben tratar a las personas migrantes objeto de contrabando con humanidad y no verlos como delincuentes. 

    Actualmente, 150 países forman parte del Protocolo.

    Basado en The Protocol for Migrant Smuggling (unodc.org) (Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito)

    Principales diferencias entre trata y tráfico ilícito de personas :

    • El delito. La trata de personas es un delito contra la dignidad y los derechos humanos, la víctima es una persona. En el caso del tráfico de personas, se comente un delito contra el estado porque se trasladan personas de forma ilegal de un estado a otro. 
    • Las víctimas. En el caso del tráfico de personas las víctimas suelen ser, en su mayoría, hombres porque se desplazan a otro país para lograr tener una vida mejor para su familia. En el caso de la trata de personas, las víctimas, en su gran mayoría, son mujeres y niñas. 
    • El consentimiento. En el caso del tráfico de personas existe un consentimiento de las víctimas, sin embargo, en el caso de la trata de personas no hay consentimiento.
    • La duración. En el caso del tráfico de personas la situación termina una vez que se ha hecho el traslado, sin embargo, en el caso de la trata de personas la situación puede perdurar en el tiempo. 
    • El traslado. Cuando se da el tráfico de personas se produce un traslado de un país a otro, en el caso de la trata no se tiene por qué dar el traslado, porque la explotación se puede producir en el mismo país.

      4. ¿QUIÉN ES UNA PERSONA REFUGIADA? 

      La Agencia de la ONU para los Refugiados define a una persona refugiada como toda persona que:

      «Debido a fundados temores de ser perseguido/a por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un determinado grupo social u opiniones políticas, se encuentre fuera del país de su nacionalidad y no pueda o, a causa de dichos temores, no quiera acogerse a la protección de su país; o que careciendo de nacionalidad y hallándose, a consecuencia de tales acontecimientos fuera del país donde antes tuviera su residencia habitual, no pueda o, a causa de dichos temores no quiera regresar a él». 

      Los y las refugiados son personas que se encuentran fuera de su país de origen por temor a la persecución, al conflicto, la violencia generalizada, u otras circunstancias que hayan perturbado gravemente el orden público y, en consecuencia, requieren protección internacional. La definición de refugiado se puede encontrar en la Convención de 1951 y en los instrumentos regionales relativos a los refugiados, así como en el Estatuto del ACNUR. 

      La discriminación racial y las formas conexas de intolerancia pueden afectar a las personas refugiadas en todas las etapas del ciclo de desplazamiento, en particular: 

      • Como causa de desplazamiento desde sus países de origen.
      • En los países de tránsito. 
      • En los países de acogida. 
      • En los casos en que las personas refugiadas buscan la repatriación voluntaria y la reintegración en sus países de origen o en terceros países. 

        Algunos grupos de refugiados/as pueden encontrar obstáculos en la integración local (incluida la naturalización) porque se les considera personas extranjeras. 

        Diferencias entre personas refugiadas, desplazadas y solicitantes de asilo 

        • Personas Refugiadasson quienes, debido a una persecución que les hace temer por su vida, como es el caso de una guerra, han cruzado la frontera de su país para refugiarse en un país de acogida. 

        • Personas Desplazadas son quienes han tenido que huir de su casa, por las mismascausas que las personas refugiadas, pero se encuentran desplazados dentro de su propio país en zonas más seguras. 

        • Personas Solicitantes de asilo son quienes han pedido en otro país el reconocimiento de la condición de refugiado/a, pero aún no tienen una respuesta definitiva. A través de la solicitud de asilo pueden recibir la documentación necesaria para quedarse en el país de acogida. 

        Marco Legal defensa Derechos de personas refugiadas y migrantes  

        El 19 de septiembre de 2016, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó por unanimidad la Declaración de Nueva York para los Refugiados y los Migrantes, una declaración política fundamental con la que se pretende mejorar la forma en la que la comunidad internacional responde a los grandes desplazamientos de refugiados y migrantes y la larga duración de estas situaciones.  

        La Declaración presenta un Marco de Respuesta Integral para las personas Refugiadas que recoge medidas específicas necesarias para aliviar la presión sobre los países de acogida, mejorar la autosuficiencia de los y las refugiados, ampliar el acceso a las soluciones de terceros países y mejorar las condiciones en los países de origen para facilitar el regreso de forma segura y digna.

        ACTIVIDADES DEL AULA

        ACTIVIDAD DE AULA
        SESIÓN 22
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